sábado 27 de julio de 2024

Mediante Decreto de Urgencia Nº 005-2019 (vigente a partir del 01 de enero del 2020), se ha modificado la Ley Nº 30341, Ley que Fomenta la Liquidez e Integración del Mercado de Valores, dispositivo legal mediante el cual se establece la exoneración del IR hasta el 31 de diciembre del 2019 respecto a las ganancias obtenidas por determinados valores (tales como, acciones comunes y acciones de inversión, ADR, GDR, valores representativos de deuda, certificado de participación en fondos mutuos de inversión en valores), se establecen requisitos específicos, entre los que se cuenta que se tenga presencia bursátil.

Mediante dicho Decreto de Urgencia se prorroga la exoneración hasta el 31 de diciembre del 2022, estableciendo nuevas exigencias respecto al requisito de presencia bursátil. Así respecto a esto último, se prevé que el monto negociado diario de estos valores no podrá ser menor a 6 UIT (actualmente es 4 UIT) y que el resultado no puede ser menor al límite establecido por el reglamento, el cual no podrá exceder de 45% (actualmente es de 35%).

De igual forma se establece que la Sunat debe publicar en su Portal de Transparencia, diferenciando el sector al que pertenece y si se trata de personas naturales o jurídicas lo siguiente: (i) el porcentaje de participación en la exoneración, (ii) número de contribuyentes que aplican a la exoneración, (iii) nivel de concentración de los contribuyentes (iv) monto total de la exoneración.

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