miércoles 15 de mayo de 2024

Mediante Resolución de Superintendencia N° 58-2020/SUNAT se ha establecido que, tratándose de fraccionamiento otorgados hasta el 15 de marzo de 2020, las cuotas que vencen entre el 31 de marzo de 2020 y el 30 de junio de 2020, no se computan para efecto de las dos cuotas impagas que implican la pérdida del fraccionamiento en circunstancias normales, siempre que estas, incluidos los intereses moratorios que correspondan, se paguen hasta el 31 de julio de 2020. Con la regulación anterior se debían pagar hasta el 29 de mayo y solo incluía las cuotas de marzo y abril.

Además, se establece que, si la última cuota vence entre el 31 de marzo de 2020 y el 30 de junio de 2020, no se pierde el fraccionamiento cuando se pague dicha cuota, incluidos los intereses moratorios que correspondan, hasta el 31 de julio de 2020.

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