Desde la tributación se puede mitigar el impacto financiero que genera la emergencia y aislamiento social obligatorio por el Covid 19.
Las empresas tienen la opción de modificar y/o suspender los Pagos a Cuenta del Impuesto a la Renta (85° de la Ley del Impuesto a la Renta), el cual establece lo siguiente:

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Por: Roberto Ramos