
La Mesa de Partes Virtual (MPV) es el sistema informático diseñado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) para la recepción de documentos por medios electrónicos y que podrá ser utilizado por los supervisados y por el público en general.
Por medio de la MPV, los supervisados y el público en general podrán remitir las solicitudes establecidas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la SBS y comunicaciones en general, con excepción de los siguientes casos:
- a) Cuando exista un aplicativo informático específico para la presentación de una solicitud, señalado en el TUPA de la SBS.
- b) Cuando exista un aplicativo informático específico establecido por una normativa de la SBS para la presentación de información requerida por ella.
- c) Cuando la naturaleza y características de la documentación a remitir requieren que ésta sea remitida de manera física.

Los supervisados que estén registrados en el Portal del Supervisado accederán a la MPV a través del referido portal. Para ello, el “Administrador del Portal del Supervisado”, designado por cada supervisado, deberá configurar el acceso a este sistema para los usuarios correspondientes.
Los demás supervisados y el público en general accederán a la MPV a través del Portal Institucional de la SBS. Para la presentación de documentos a través de la MPV, los usuarios deberán registrar la información requerida por el sistema. La SBS dispondrá mediante Oficio Múltiple dirigido a los supervisados, la implementación gradual de la MPV.
