jueves 28 de marzo de 2024

Las Operaciones Intra Grupo fueron siempre la piedra angular para las administraciones fiscales, más aún cuando se analiza los precios, tasas o márgenes de ganancia fijados en los servicios inter vinculados.  A nadie le parece extraño que sean precisamente aquellas operaciones, junto con los intangibles, las más sometidas a revisiones fiscales, pues al ser catalogados como servicios, por su propia naturaleza de transacción, son de difícil cuantificación y/o cálculo del valor de mercado; por lo menos no son precisas. En la actualidad estos vacíos se están tratando de cubrir con la exigencia de un análisis adicional, el llamado Test de Beneficio (TB).

En un caso particular, se encontró que uno de los gastos estaba representado por facturas de alrededor de US$ 500 mil que provenían desde su matriz en Uruguay, las cuales se contabilizaban bajo el concepto de “servicios administrativos de planificación, coordinación, y control de presupuesto”, y que además fueron pagadas y reconocidas tributariamente. El problema de este gasto era que no tenía ningún soporte, ni siquiera un contrato que es la mínima formalidad que debiera de contar este tipo de transacciones. En el caso en mención, sólo había evidencia de algunos correos electrónicos de la matriz, dando la orden de que se debieran pagar con no más de 15 días de atraso. 

Como esto no sólo fue advertido por temas relacionados a precios de transferencia, la compañía trató de justificarlos con viajes desde la matriz de dos socios en común. Viajes de casi 5 a 7 días y con un intervalo trimestral. Lo que realmente sucedía es que dichos socios no llegaban para recoger y/o procesar datos, más bien sólo eran visitas, incluyendo recorridos por la ciudad; es decir, el gasto distaba totalmente del concepto del desembolso. También se observó que ni el concepto estaba acorde con las necesidades propias de la Compañía, pues que este tipo de servicios lo realizaba otra entidad vinculada ubicada en Brasil, que no era matriz, pero se constituyó precisamente para fortalecer a todas las empresas de la Región con este tipo de asesorías.

Este caso generó la necesidad de que las compañías deban elaborar su Test de Beneficio (TB), cuya importancia se denota en la determinación de la existencia de un servicio dentro de un Grupo, y que, si un tercero independiente hubiera estado dispuesto a pagar por el mismo servicio, en situaciones similares. El TB es requisito para poder justificar la deducción del costo o gasto para efectos de la determinación de la renta neta empresarial, respecto de los servicios que le fueron prestados los contribuyentes que tengan partes vinculadas, sobre los cuales se apliquen las normas de precios de transferencia. El riesgo más grande es que determinados servicios ya no serían deducibles para los contribuyentes.

Dado que algunas compañías vienen estableciendo servicios (brindados o recibidos) a sus vinculados, muchas veces sin control o asesoría; resulta necesario que las mismas corregían oportunamente dichas situaciones para prevenir futuras sanciones y/o contingencias. Al fin de cuentas, lo que importa al contribuyente es la deducibilidad del gasto. 

La importancia de contar con el Test de Beneficio (TB) para una Compañía es conocer el tratamiento correcto en lo tributario y financiero de los servicios recibidos o brindados con entidades vinculadas, y la mayor ventaja es que puede demostrar que los servicios recibidos de partes vinculadas proporcionan valor económico o comercial al destinatario, mejoran su posición comercial, y que hubieran sido satisfechos por terceros independientes si hubiese existido la necesidad. Esta demostración sólo se puede determinar en un análisis de TB, sin esto no existiría un sustento que avale las transacciones realizadas entre compañías.

Como las compañías no pueden ser juez y parte, es necesario que accedan a asesoría de firmas expertas en Precios de Transferencia. Además, se requiere una especial destreza y conocimiento experto en la asignación de costos, que lo cual existen metodologías y es idóneo evaluar juntamente con la Compañía el método a aplicar. El objetivo es llegar a fortalecer una política de precios de transferencia, que tenga el soporte ante cualquier revisión fiscal, y que contribuya a mejorar la posición financiera y tributaria de la Compañía.

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