Si su Compañía en el ejercicio 2019 ha culminado con Saldo a Favor del Impuesto a la Renta y optó por compensarlo contra futuros pagos a cuenta del impuesto a renta, considere que también existe la posibilidad de compensarlo contra cualquier otro tributo administrado por la Sunat, lo cual ayudaría a administrar sus recursos financieros de manera eficiente.
La base legal que sustenta está decisión es la RTF N° 08679-3-2019, que es de Observancia Obligatoria.
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Por Roberto Ramos