viernes 26 de julio de 2024

A la fecha, han sido publicados los siguientes dispositivos legales:

NORMAS CON RANGO DE LEY:

 No se han publicado normas legales en el diario “El Peruano”.

NORMAS REGLAMENTARIAS:

·           DECRETO SUPREMO N° 163-2021-PCM (publicado el 16/10/2021): modifican el Decreto Supremo N° 184-2020-PCM, respecto a las medidas anticovid–19 (Adjunto)

Se modifica el Decreto Supremo N° 184-2020-PCM, el que declaró Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19 y estableció las medidas que debe seguir la ciudadanía en la nueva convivencia social.

Se hacen las siguientes modificaciones:

  • Todas las provincias del Perú pasan al nivel de alerta moderado
    • El Nivel de alerta moderado implica la inmovilización social obligatoria de lunes a domingo desde las 02:00 horas hasta las 4:00 horas.
  • En todos los casos, es obligatorio el uso de mascarilla para circular por las vías de uso público; así como, el uso de doble mascarilla (una de las cuales podrá ser de tela) para el ingreso a establecimientos con riesgo de aglomeración, tales como: centros comerciales, galerías, conglomerados, tiendas por departamentos, tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias, recomendándose el uso adicional del protector facial en estos establecimientos.
  • Los infractores a las disposiciones sanitarias y las relativas al estado de emergencia nacional, que no hayan cumplido con pagar la multa impuesta por las infracciones cometidas durante el estado de emergencia nacional y demás normas emitidas para proteger la vida y la salud de la población por el contagio de la COVID-19, estarán impedidos de realizar cualquier trámite ante cualquier entidad del Estado; sin perjuicio de ello, las personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad y estén debidamente registradas en los padrones de los programas sociales, así como, de los subsidios monetarios, entre otros, seguirán siendo beneficiarias de cualquier programa estatal de apoyo económico, incentivos, alimentario y sanitario, recibiendo las prestaciones que les corresponda.
  • Los peruanos, extranjeros residentes, y extranjeros no residentes cuyo destino final sea el territorio nacional, en calidad de pasajeros e independientemente del país de procedencia, deben contar con una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 72 horas antes de abordar en su punto de origen y sin carácter obligatorio la presentación del carné de vacunación del país donde se vacunó. Aquellas personas que muestren síntomas al ingresar a territorio nacional ingresan a aislamiento obligatorio, según regulaciones sobre la materia.
  • Se suspende hasta el 31 de octubre de 2021, el ingreso al territorio nacional de extranjeros no residentes de procedencia de la República de Sudáfrica, o que hayan realizado escala en este lugar en los últimos catorce (14) días calendario. Los peruanos y extranjeros residentes que ingresen al territorio nacional provenientes de la República de Sudáfrica, o que hayan realizado escala en este lugar, realizarán cuarentena obligatoria en su domicilio, hospedaje u otro centro de aislamiento temporal por un periodo de catorce (14) días calendario, contados desde el arribo al territorio nacional.
  • Se dispone que, para el uso de playas, ríos, lagos o lagunas, ubicadas en las provincias que se encuentran en el nivel de alerta moderado, se deben respetar las normas sanitarias emitidas por la Autoridad Sanitaria Nacional, sin generar aglomeraciones, concentraciones, ni poner en riesgo la salud de las personas.

Estas disposiciones entran en vigor a partir del día 18 de octubre de 2021.

PRECEDENTES VINCULANTES:

No se han publicado Precedentes vinculantes en el diario “El Peruano”.

EN MATERIA TRIBUTARIA

NORMAS LEGALES:

No se han publicado normas legales en el diario “El Peruano”.

NORMAS EMITIDAS POR LA SUNAT:

  • RESOLUCION N° 000148-2021/SUNAT (publicado el 17/10/2021): nuevos plazos para el registro diario y la presentación de la información consolidada mensual de operaciones con bienes fiscalizados de octubre y noviembre de 2021 (Adjunto)

Se establecen nuevos plazos para el registro diario y la presentación de la información consolidada mensual de operaciones con bienes fiscalizados de octubre y noviembre de 2021 a que se refiere la Resolución de Superintendencia N° 255-2013/SUNAT.

MesNuevo plazo
Septiembre y octubre de 2021En los plazos señalados en el cronograma establecido por la SUNAT para la declaración y pago de las obligaciones de periodicidad mensual correspondientes al período noviembre de 2021.
Noviembre de 2021Hasta el vencimiento del plazo para la presentación consolidada mensual del mes de diciembre de 2021

RESOLUCIONES DEL TRIBUNAL FISCAL DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA:

               No se han publicado precedentes administrativos del Tribunal Fiscal.

INFORMES DE LA SUNAT:

No se han publicado Informes de consultas en el portal de la SUNAT.

En los siguientes enlaces podrás revisar los decretos supremos más resaltantes publicados el día de hoy:  https://n9.cl/qzlrv, https://n9.cl/iqx5g

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