A la fecha, ha sido publicado el cr:iterio de observancia obligatoria
- Resolución del Tribunal Fiscal Nº 05516-A-2022
- Expediente Nº : 2021001645
“El procedimiento de acogimiento a los beneficios del Convenio de Cooperación Aduanera Peruano Colombiano y/o la Ley Nº 27037, mediante el ingreso indirecto a la zona de tributación especial (numeración de la declaración en la Aduana de ingreso de la mercancía, y regularización en la Aduana de destino), requiere de la manifestación de voluntad expresa, correcta y completa del importador en la Aduana de ingreso, en los términos establecidos en las normas legales y reglamentarias pertinentes.”.