jueves 18 de abril de 2024

Mediante la plataforma virtual se podrá dar conformidad a las facturas electrónicas y a los recibos por honorarios electrónicos con forma de pago al crédito. Para ello ten en cuenta los pasos que debes realizar.

  1. Acceso a la plataforma virtual

Acceder a través de la SUNAT Operaciones en línea o al servicio web API REST, en este paso se deberán obtener las credenciales de Sunat y cumplir con las especificaciones técnicas que solicita.

  • Plazos para dar conformidad

El plazo es de 8 días calendarios (este plazo cuenta a partir de la puesta a disposición del comprobante de pago)

  • Registrar la disconformidad

En este paso se indicará el motivo de rechazo del comprobante de pago

  • Plazo del pago acordado
  • Monto neto pendiente de pago
  • Reclamo de bienes adquiridos y servicios recibidos

Luego de seleccionar el motivo se adjuntará la documentación que sustente el rechazo.

  • Comunicación de disconformidad

La SUNAT enviará un mensaje a tu buzón electrónico con la factura

Es importante precisar que después del envío de la factura electrónica pueden existir efectos de disconformidad sea para el emisor o el comprador, para ellos se tendrá en cuenta lo siguiente:

Emisor:  El comprobante de pago es válido, pero no es posible utilizarlo como valor negociable hasta que se subsane la disconformidad.

Comprador: A pesar de que el comprobante de pago sea válido, el uso del IGV de la factura electrónica como crédito fiscal queda suspendido hasta que se subsane la disconformidad.

Por último, si se vence el plazo y el comprobador no dio la conformidad del pago electrónico, se presume sin admitir la prueba de la información adicional en todos sus términos y sin ninguna excepción (numeral 7.4 del artículo 7 del DU 013-2020).

Recuerda que en Ladersam te brindamos la Solución para asegurar tu crédito fiscal y evitar la disconformidad de ello, contáctanos por medio del siguiente enlace: https://bit.ly/3dfXRwk

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