El Grupo Asesor Europeo de Información Financiera (EFRAG) ha presentado un dictamen de aprobación final sobre la NIIF 17 ‘Contratos de seguro’, incluidas las enmiendas de junio de 2020 a la Comisión Europea.
El EFRAG evalúa que “sobre una base de consenso que, aparte del requisito de aplicar cohortes anuales a contratos de mutuo acuerdo intergeneracional y de flujo de efectivo, todos los demás requisitos de la NIIF 17, en general (i) cumplen las características cualitativas de relevancia, confiabilidad , comparabilidad y comprensibilidad requeridas para respaldar las decisiones económicas y la evaluación de la administración, no plantean problemas con respecto a la contabilidad prudente y que no son contrarias al principio de imagen fiel y fiel; y (ii) favorecen el bien público europeo ”.
El EFRAG no llegó a un consenso en relación con el requisito de aplicar cohortes anuales a los contratos emparejados de flujo de caja y mutualizados intergeneracionalmente. Siete miembros del Consejo de EFRAG creen que el requisito de cohortes anuales cumple con los criterios de aprobación.