jueves 28 de marzo de 2024

Desde el 16 de octubre, el Perú ha sido autorizado por el Foro Global de la OCDE para el cambio internacional recíproco de información financiera y “Reporte País por País”, luego de cumplir la evaluación de confidencialidad y protección de datos por parte este organismo.

Esto significa que desde el viernes pasado, el Perú cuenta con capacidad de recibir información tributaria en forma automática de más de 160 jurisdicciones a nivel mundial.

Un efecto práctico inmediato de que la Administración Tributaria peruana haya conseguido esta autorización – además del evidente intercambio de información que permitirá que nuestro país luche de manera más eficiente contra la elusión y evasión fiscal- es que aquellos contribuyentes domiciliados en el Perú que sean integrantes de un grupo multinacional cuyos ingresos consolidados con la matriz en el ejercicio gravable anterior sean mayores o iguales a S/ 2 700 000 000,00 (Dos Mil Setecientos Millones de Soles) deberán presentar su Reporte País por País por los ejercicios comprendidos entre 2017 y 2019.

La referida presentación se realizará siempre que su matriz no se encuentre obligada a presentar en su jurisdicción el citado reporte. Ello, en atención a que dichos contribuyentes -hasta la fecha – se encontraban exceptuados hasta que obtuviera tal autorización.

Si tienes alguna consulta sobre este tema, en LADERSAM podemos ayudarte, si nos escribes al whatsapp +51 997050525 o al correo comercial@ladersam.com y de inmediato nos pondremos en contacto contigo.

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